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¿Ya fuiste sentenciado? Solicita beneficios preliberacionales en Tehuacán

¿Qué son los beneficios preliberacionales?

Los beneficios preliberacionales son mecanismos legales que permiten que una persona sentenciada pueda terminar de cumplir su condena en libertad bajo ciertas condiciones. Están diseñados para reconocer el buen comportamiento, la reinserción social y el respeto a los derechos humanos.

Estos beneficios no son un perdón, sino una forma legal de acortar el tiempo de prisión efectiva, con base en el cumplimiento de ciertos requisitos y estándares de justicia restaurativa.


¿Quién puede acceder a los beneficios preliberacionales?

Pueden acceder las personas sentenciadas que cumplan con:

  • Una sentencia ejecutoriada (es decir, firme y sin posibilidad de apelación).

  • Haber cumplido al menos el 50% o 70% de la pena, según el tipo de delito.

  • No haber reincidido.

  • Mostrar buena conducta y participación en programas de reinserción.

  • No haber cometido delitos considerados graves conforme a la ley vigente.

Después de la reforma judicial del 31 de diciembre de 2024, se flexibilizaron algunos criterios para fortalecer el principio de reinserción, especialmente cuando el cumplimiento de la pena ya se ha prolongado y el condenado ha mostrado evolución positiva.


¿Cuáles son los principales beneficios preliberacionales?

Los más comunes son:

Libertad preparatoria

Permite la excarcelación anticipada bajo condiciones específicas, como firma periódica, residencia fija, y en su caso, uso de dispositivos electrónicos.

Sustitución de la pena

El juez puede autorizar que el resto de la pena se cumpla con medidas como trabajo comunitario o reclusión domiciliaria.

Redención de pena por trabajo y estudio

Cada jornada de trabajo o estudio puede descontar días a la condena total. Aplica bajo ciertos programas penitenciarios.

Preliberación por razones humanitarias

Se otorga a personas con enfermedades terminales, discapacidad severa, o edad avanzada, que ya no representan un riesgo procesal.

En todos los casos, se requiere una solicitud formal y la evaluación del órgano jurisdiccional o la autoridad penitenciaria correspondiente.


¿Cómo se tramitan los beneficios preliberacionales?

  1. Revisión de sentencia y condiciones actuales de cumplimiento.

  2. Solicitud jurídica ante el juez de ejecución o la autoridad penitenciaria.

  3. Acompañamiento legal con argumentación actualizada, incluyendo:

    • Principio de reinserción social (Art. 18 Constitucional).

    • Principio de proporcionalidad de la pena.

    • Control de convencionalidad conforme a la Convención Americana sobre Derechos Humanos (artículos 5 y 8).

En Lledias Abogados hemos tramitado solicitudes de beneficios preliberacionales argumentando tanto normativa nacional como jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuando el cumplimiento prolongado de la pena se vuelve inhumano o innecesario.


Defensa penitenciaria en Tehuacán y en todo México

Atendemos casos de personas privadas de libertad que ya fueron sentenciadas y buscan una segunda oportunidad legalmente viable.

Te ayudamos a:

  • Analizar si cumples con los requisitos.

  • Elaborar la solicitud con base en criterios judiciales vigentes.

  • Representarte ante el juez de ejecución o las autoridades penitenciarias.

📞 Llámanos al 238 382 3358
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📝 Agenda tu consulta presencial o virtual


¿Qué pasa si ya cumpliste parte de tu condena?

Incluso si ya llevas varios años privado de la libertad, es posible revisar si puedes acceder a algún beneficio preliberacional, sobre todo si:

  • Participaste en programas de reinserción.

  • Has mantenido buena conducta.

  • No representas un riesgo social.

Una evaluación profesional puede ayudarte a recuperar tu libertad antes del tiempo previsto, bajo condiciones legales controladas.


¿Qué dice la ley sobre los beneficios preliberacionales?

  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 18.

  • Ley Nacional de Ejecución Penal.

  • Convención Americana sobre Derechos Humanos, artículos 5 y 8.

🔗Consulta aquí la Ley Nacional de Ejecución Penal

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