El fallecimiento de un familiar cercano es un evento profundamente doloroso, al que suelen sumarse preocupaciones prácticas y legales, especialmente cuando la persona no dejó testamento. En estos casos, el patrimonio del difunto no se pierde ni queda sin dueño: la ley establece un mecanismo específico para su transmisión a los herederos. Este procedimiento se conoce como sucesión legítima.
Este artículo tiene como finalidad explicar de manera clara qué pasos deben seguirse cuando una persona fallece sin haber otorgado testamento, y cuáles son los criterios jurídicos que determinan quiénes tienen derecho a heredar en México.
I. ¿Qué es una sucesión legítima?
La sucesión legítima es el procedimiento mediante el cual se transmiten los bienes, derechos y obligaciones de una persona fallecida cuando no existe testamento, o bien cuando el testamento ha sido declarado nulo, no incluye todos los bienes, o los herederos designados no pueden heredar.
En este tipo de sucesión, la ley determina quiénes serán los herederos, en función del parentesco con el fallecido. Es decir, la voluntad del autor de la herencia no interviene, y el reparto se realiza conforme a las reglas establecidas en el Código Civil correspondiente (puede variar según el estado de la República Mexicana).
La sucesión legítima tiene por objeto garantizar que los bienes del difunto no queden sin destino legal y que los familiares con derecho a heredar reciban su parte conforme al orden de prelación establecido por la ley.
II. ¿Quiénes tienen derecho a heredar?
El Código Civil establece un orden jerárquico de herederos legítimos, según el parentesco con el fallecido. Generalmente, este orden es:
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Descendientes (hijos, nietos).
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Ascendientes (padres, abuelos).
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Cónyuge sobreviviente.
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Parientes colaterales (hermanos, sobrinos, tíos).
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La Federación o el Estado, si no hay herederos.
El cónyuge viudo, en su caso, hereda conjuntamente con los descendientes o ascendientes, dependiendo de las circunstancias, y tiene también derecho a alimentos y, en algunos casos, al usufructo vitalicio de ciertos bienes.
Los concubinos o concubinas también pueden heredar, si prueban haber vivido en unión de hecho durante al menos dos años antes del fallecimiento, o si hubo hijos en común.
III. Primeros pasos jurídicos
Una vez ocurrido el fallecimiento y confirmada la ausencia de testamento conocido, los familiares deben considerar los siguientes pasos:
1. Obtener el acta de defunción.
Este documento expedido por el Registro Civil es indispensable para iniciar cualquier procedimiento sucesorio.
2. Reunir documentos de identidad y relación con el fallecido.
Se recomienda contar con actas de nacimiento y/o matrimonio que acrediten el parentesco, CURP, identificaciones oficiales y comprobantes de domicilio tanto del fallecido como de los posibles herederos.
3. Acudir con un notario o promover un juicio ante el juez.
Dependiendo del caso concreto, el procedimiento puede ser:
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Notarial, cuando todos los presuntos herederos son mayores de edad, están de acuerdo entre sí y no existe conflicto.
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Judicial, cuando hay menores de edad, personas con discapacidad, ausencia de algún interesado, desacuerdo o controversia.
En ambos casos, el notario o el juez se encargan de solicitar la certificación sobre la existencia o inexistencia de testamento al Registro Nacional de Avisos de Testamento (RENAT) y al Archivo General de Notarías, según corresponda.
Esta certificación es indispensable para confirmar si existe o no un testamento válido y determinar si la sucesión debe tramitarse como testamentaria o legítima (intestada).
IV. ¿Qué ocurre en el juicio sucesorio?
El juicio sucesorio intestamentario consta de varias etapas:
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Solicitud de inicio del juicio y designación de albacea.
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Declaración de herederos.
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Inventario y avalúo de bienes.
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Proyecto de partición de la herencia.
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Adjudicación de bienes.
Este procedimiento puede prolongarse dependiendo de la cantidad y tipo de bienes, del número de herederos y de la existencia o no de controversias.
V. Bienes comunes en una sucesión
Entre los bienes más frecuentemente involucrados en una sucesión legítima están:
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Inmuebles (casas, terrenos).
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Vehículos.
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Cuentas bancarias.
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Salarios o prestaciones laborales no cobradas.
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Afore o pensiones (conforme a sus reglas propias).
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Mobiliario, joyas, acciones o derechos.
Algunos bienes no forman parte de la sucesión si están sujetos a designación de beneficiario (por ejemplo, seguros de vida o fondos de retiro con beneficiarios expresos).
En una sucesión legítima, los conflictos entre posibles herederos o interesados son frecuentes, especialmente cuando no existe testamento y los bienes del autor de la herencia deben distribuirse conforme a lo que establece la ley. La ausencia de una voluntad escrita deja espacio para interpretaciones, desacuerdos sobre el parentesco, reclamos sobre la posesión de bienes, o inconformidades respecto a la administración del patrimonio.
Estos conflictos pueden surgir antes, durante o después de iniciado el juicio sucesorio, y se resuelven conforme al procedimiento establecido en el Código de Procedimientos Civiles del estado correspondiente. A continuación se explican los principales escenarios conflictivos:
1. Disputas sobre quién tiene derecho a heredar
Uno de los conflictos más comunes es la impugnación del carácter de heredero. Por ejemplo, una persona puede reclamar ser hijo del difunto sin estar registrada legalmente, o varios familiares pueden tener diferentes interpretaciones sobre quién tiene mejor derecho de acuerdo con el orden de prelación legal (hijos, padres, cónyuge, etc.).
Solución legal:
El juez puede requerir pruebas de parentesco (actas de nacimiento, reconocimientos legales, incluso pruebas periciales de ADN en casos extremos). Si se acredita el vínculo, la persona será incluida como heredera.
2. Conflictos entre cónyuge y concubina/concubinario
Otro foco común de conflicto es la disputa entre el cónyuge y la pareja en concubinato, ya que ambos pueden tener derechos hereditarios si cumplen con los requisitos legales. El problema surge cuando alguno de ellos niega la existencia del concubinato o impugna la validez del matrimonio.
Solución legal:
El concubinato debe acreditarse con pruebas fehacientes de convivencia estable y pública durante al menos dos años, o la existencia de hijos en común. Si se reconoce, la pareja en concubinato tiene los mismos derechos que el cónyuge para heredar.
3. Disputa por la posesión o apropiación de bienes
Es común que uno de los herederos se apropie de bienes del difunto antes de que se formalice la partición, o se niegue a entregar documentos, llaves o propiedades. Esto genera tensión y puede derivar en acciones judiciales por administración desleal o incluso por retención indebida de bienes.
Solución legal:
Durante el procedimiento, el juez puede decretar medidas cautelares, ordenar inventario de bienes, y designar a un albacea que actúe como administrador legal y neutral del patrimonio. Si hay despojo o daño a los bienes, puede promoverse responsabilidad civil o penal.
4. Inconformidad con el inventario, avalúo o reparto
Una vez que se realiza el inventario y avalúo, los herederos pueden discrepar sobre el valor de los bienes, su existencia o su asignación en la partición. Esto es frecuente cuando hay propiedades no registradas, empresas familiares, deudas no reconocidas o bienes indivisibles.
Solución legal:
Los herederos pueden impugnar el inventario o el avalúo, ofreciendo pruebas periciales. También pueden oponerse a la forma de reparto solicitando adjudicación preferente de ciertos bienes o la venta judicial para repartir en dinero.
5. Falta de acuerdo para nombrar albacea
El albacea es quien administra la sucesión. Si los herederos no se ponen de acuerdo en su designación, o si el nombrado no acepta o es removido, la sucesión puede detenerse y prolongarse por años.
Solución legal:
El juez puede nombrar un albacea judicial o provisional, o abrir convocatoria para designarlo conforme al procedimiento previsto por la ley, dando preferencia a quien represente mejor los intereses comunes.
VII. Recomendaciones finales
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Actuar con serenidad y prudencia. El proceso sucesorio puede ser emocionalmente complejo.
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No disponer de bienes sin autorización judicial o notarial. Vender, donar o modificar bienes sin haber sido legalmente adjudicados puede generar nulidades y sanciones.
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Documentar todo. Conserva copias de todos los trámites, notificaciones y acuerdos entre familiares.
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Consultar fuentes oficiales. Cada entidad tiene normas y procedimientos específicos.
Conclusión
La sucesión legítima representa una herramienta jurídica fundamental para garantizar que los bienes de una persona fallecida sin testamento se transmitan conforme a la ley y no queden en estado de incertidumbre patrimonial. A través de este mecanismo, el Estado protege el derecho de los familiares a heredar, respetando un orden de prelación cuidadosamente establecido por el legislador.
Sin embargo, aunque el procedimiento está regulado, la ausencia de testamento suele generar conflictos familiares, disputas sobre la validez del parentesco, apropiación indebida de bienes o desacuerdos en el reparto. Esto convierte a muchas sucesiones legítimas en procesos prolongados, emocionalmente desgastantes y económicamente costosos si no se cuenta con una adecuada asesoría legal desde el inicio.
En este contexto, es indispensable que los posibles herederos comprendan que el simple hecho de tener un vínculo familiar no basta: deben acreditar su derecho conforme a la ley, cumplir con los requisitos procesales, respetar el procedimiento judicial y, en su caso, estar preparados para litigar frente a otros interesados que puedan impugnar la herencia.
Por ello, si te encuentras ante la muerte de un familiar sin testamento, lo más prudente es acudir de inmediato con un abogado especializado en materia civil y sucesoria. Un profesional puede orientarte para:
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Determinar si procede la sucesión legítima
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Identificar quiénes tienen derecho a heredar
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Preparar la documentación necesaria
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Solicitar judicialmente la apertura de la sucesión
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Representarte en caso de conflicto o juicio
La sucesión legítima no debe dejarse al azar ni manejarse con suposiciones. Cada omisión, error procesal o falta de prueba puede traducirse en la pérdida de derechos hereditarios. Actuar con orden, asesoría legal y responsabilidad es la mejor forma de honrar la memoria de la persona fallecida y proteger el patrimonio familiar.